Revoca TEPJF nombramiento del Concejo Comunitario de Ayutla, ordena elecciones extraordinarias
La Sala Superior estipuló que las personas que actualmente integran el Concejo Municipal (ayuntamiento municipal) continúen en el cargo en los próximos 15 días, en tanto se cumple la resolución de una elección extraordinaria
Itzel Urieta. Chilpancingo, 20 de octubre 2024.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) invalidó la elección de autoridades comunitarias de Ayutla, realizada bajo el sistema de usos y costumbres, en las que fue electa Inés García Dircio como primera coordinadora con funciones de presidenta municipal.
La sentencia del TEPJF ocurre 17 días después de que García Dircio asumió el cargo, después de una serie de impugnaciones hechas ante los tribunales electorales por parte del pueblo mestizo, que estuvo en contra del nombramiento hecho por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
En sesión del pasado 17 de octubre, la Sala Superior determinó revocar la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México, que le daba la razón al IEPC de tomar en cuenta dos actas de asambleas para nombrar el Concejo Municipal Comunitario.
El acuerdo del IEPC en donde validó la elección bajo el sistema normativo propio de Ayutla y designó al Concejo Municipal, ya había sido revocado por el Tribunal Electoral del Estado (TEE), que en un primer momento ordenó una asamblea extraordinaria para que volvieran a elegir a las autoridades.
El nombramiento de García Diricio ocurrió en medio de un conflicto electoral en Ayutla el pasado 28 de junio, donde el pueblo me´phaa y ñuu savi, abandonaron la Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes de Autoridades (AMCRA) al considerar que no fueron tomados en cuenta por los mestizos para la integración de la Mesa de Debates.
Dicho conflicto generó que hubiera dos nombramientos y dos actas de asambleas distintas, una de los mestizos y parte de los ñuu savi; otra con los me´phaa y el resto de ñuu savi, lo que género que el IEPC validara ambas.
El IEPC tomó en cuenta ambas actas para realizar los nombramientos correspondientes y validar el proceso electoral.
“La convalidación de la asamblea municipal comunitaria de representantes y autoridades a partir de dos reuniones, una en el recinto principal y la otra en uno anexo, transgreden los lineamientos que establecen la actuación unitaria de dicha asamblea. La Sala Regional al hacer prevalente el acuerdo del Instituto local inaplica normas previstas en los lineamientos, puesto que una autoridad ajena a la comunidad realizó la designación de las consejerías y coordinación general”, se lee en parte de la sentencia aprobada por la Sala Superior.
En la sentencia de la Sala Superior, quedó estipulado que las personas que actualmente integran el Concejo Municipal continúen en el cargo en los próximos 15 días, en tanto se cumple la resolución del TEE que ordenó una elección extraordinaria.