Dictan auto de apertura a juicio oral contra Germán Reyes por asesinato de Alejandro Arcos
Durante la audiencia intermedia que se realizó en la Sala 1 del Juzgado de Control y Enjuiciamiento Penal con sede en la Ciudad Judicial, Germán Reyes solicitó la exclusión del testimonio del comerciante Domitilo Cándido Pila, quien falleció el 1 de noviembre del 2024. Esta exclusión no fue admitida
Yasmín García. Chilpancingo, 24 de septiembre 2025
El juez de Control y Enjuiciamiento Penal, Mario Arturo Hernández García, dictó el auto de apertura a juicio oral en contra de Germán Reyes Reyes, ex encargado de la Secretaría de Seguridad Pública de Chilpancingo, acusado del delito de homicidio calificado en agravio del alcalde Alejandro Arcos Catalán.
De acuerdo con Mario Hernández, el juicio oral será remitido al Tribunal de Enjuiciamiento Penal de Chilpancingo, el cual determinará la fecha y hora de inicio del mismo.
La audiencia duró más de 10 horas, tuvo seis recesos —el más largo de 20 minutos a petición de Germán Reyes ya que manifestó síntomas de crisis de ansiedad—.
“Suelo perder el control, no puedo controlar esos síntomas”, dijo el acusado. En un primer momento la solicitud fue de 15 minutos, sin embargo pidió 5 más, ya que no sentía una mejoría.
Durante la audiencia intermedia que se realizó en la Sala 1 del Juzgado de Control y Enjuiciamiento Penal con sede en la Ciudad Judicial, Germán Reyes solicitó la exclusión del testimonio del comerciante Domitilo Cándido Pila, quien falleció el 1 de noviembre del 2024.
De acuerdo con la Fiscalía General del Estado (FGE), el comerciante Domitilo Cándido Pila fue “levantado” el 27 de octubre de 2024 por integrantes del geupo delictivo Los Ardillos en la comunidad de Petaquillas, cuando acudió a vender diversos productos y fue llevado a un rancho en Quechultenango, en el trayecto escuchó decir (a los integrantes) que Germán Reyes ordenó el asesinato y decapitación del presidente municipal.
Germán Reyes solicitó la exclusión de este medio de prueba porque Cándido Pila falleció el 1 de noviembre del 2024, por lo que no podrá asistir al juicio oral y su testimonio será presentado mediante lectura, lo cual violenta los principios de inmediación y presunción de inocencia, así como su derecho a una defensa adecuada.
Destacó que el comerciante no podrá ser interrogado por su defensa, su testimonio no será sometido a contradicción y “no será un juicio justo ni efectivo”.
Indicó que su vinculación a proceso se sustenta en dos testimonios, el de Cándido Pila y el de un anónimo, en referencia a un agente de la Policía Municipal que envió un correo a la FGE para informar que escuchó una conversación telefónica que incrimina a Germán Reyes, pero el comerciante “no presenció nada, dice que escuchó de terceras personas” relacionado con el crimen y que con su declaración “se pretende obtener una sentencia condenatoria”.
Una agente del Ministerio Público a cargo del caso confirmó que Cándido Pila tuvo una muerte “accidental o violenta”, pero su testimonio es una prueba de que Germán Reyes actuó “como inductor” del asesinato del alcalde. La agente que recabó la entrevista del comerciante será quien lea el mismo en el juicio oral. La exclusión no fue admitida.
La defensa y el acusado también solicitaron la exclusión o reducción de ocho testigos entre escoltas de Alejandro Arcos, agentes de la Policía Investigadora Ministerial (PIM), peritos, policías estatales y un testigo protegido por considerar que versan en lo mismo. Sin embargo la FGE, se opuso a siete testimonios ya que consideró la razón no les asiste ya que el interrogatorio (en el juicio oral) versará en diferentes temas como: el reclutamiento y la dotación de armamento. Las partes acordaron excluir solo a un escolta.
La defensa pidió la exclusión de un testigo de identidad reservada con el seudónimo Juan, por considerar que en el juicio oral podría presentarse “cualquier persona” y que “es un testigo de oidas o de terceros”, en ese sentido la FGE consideró que ese medio de prueba es pertinente porque menciona cómo se enteró que Germán Reyes fue quien mandó matar al presidente municipal, “es una entrevista amplia y se le corrió traslado”.
La agente del MP se negó a revelar los datos del testigo a solicitud de la defensa, ya que es una petición de la víctima mantenerlos en reserva porque es víctima de otros hechos y acusó a los medios de comunicación presentes de no pasar “ni media hora y la información ya está en redes sociales”.
La FGE solicitó la exclusión de dos testigos presentados por la defensa de Germán Reyes, el de un experto en grafoscopía y documentoscopia que analizó la firma de Cándido Pila, con base en documentos proporcionados por la Secretaría del Bienestar del Programa de Pensión para Adultos Mayores y el Instituto Nacional Electoral y, determinó que la firma “se falsificó” en el testimonio.
La FGE argumentó que no se les informó de la fecha y hora en que se realizaron estás pruebas.
El segundo testigo es un experto en informática que presentará un dictamen de las condiciones en las que se encontraba la impresora, en la que según la FGE, se imprimió la entrevista de Cándido Pila, debido a que no hay “huella digital” o “rastro” que pruebe este hecho.
De acuerdo con el Ministerio Público, los documentos oficiales que utilizó el experto en grafoscopía no cuentan con la cadena de custodia correspondiente, lo que violenta derechos humanos; en tanto que el dictamen de informática no aporta nada a la investigación.
No obstante, el juez determinó que la FGE “no tiene derechos, tiene facultades” y le competía al encargado de la Asesoría Jurídica pronunciarse por los derechos de las víctimas, pero no lo hizo.
Manifestó que mientras la FGE está enfocada en probar el hecho fáctico, es decir, que Germán Reyes ordenó el asesinado del alcalde a Los Ardillos porque se negó a imponer a integrantes de ese grupo criminal en su gabinete, la defensa pretende “demeritar la acusación” y admitió los dos testigos ofrecidos como medio de prueba.
En su reformulación de la acusación, la Fiscalía General del Estado (FGE) solicitó un pago por reparación del daño de un millón 259 mil 500 pesos y 50 años de prisión para Germán Reyes; mientras que el encargado de la Asesoría Jurídica de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas (CEAV), solicitó 8 millones 577 mil pesos como reparación del daño.
Entre los medios de prueba admitidos para el debate a juicio oral a la defensa y FGE, destacan testimonios de peritos, agentes de la Policía Investigadora Ministerial y Policías Estatales.
Las pruebas materiales son audios del reporte al 911 del hallazgo del cuerpo del alcalde y un video del C-4 de Chilpancingo.